Endodoncia Guía estándar
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Apexificación (cierre apical)

Endodoncia Capítulo 23 — Procedimientos en dientes
Descripción oficial MinSalud: Apexificación (inducción del cierre apical)

¿Qué incluye este procedimiento?

La apexificación es el procedimiento endodóntico dirigido a inducir el cierre del ápice radicular abierto en dientes permanentes jóvenes con necrosis pulpar, donde el ápice aún no se ha desarrollado por completo. Tradicionalmente se realiza con hidróxido de calcio aplicado en el conducto en sesiones repetidas (3-12 meses), o más recientemente con tapón apical de MTA o Biodentine en una sola sesión, seguido de obturación convencional.

Es relevante en pacientes pediátricos y adolescentes con trauma dentoalveolar o caries con necrosis temprana, donde la raíz no completó su desarrollo. Sin apexificación, no se puede lograr obturación hermética del conducto por la forma en embudo del ápice. Una alternativa moderna es la revascularización pulpar (237202) que busca la continuación del desarrollo radicular, pero requiere condiciones específicas.

¿Cuándo se aplica?

  • Diente permanente joven con ápice abierto y necrosis pulpar
  • Trauma dentoalveolar con compromiso pulpar en diente inmaduro
  • Caries con necrosis en primer molar permanente en adolescente con ápice incompleto
  • Fracaso de procedimientos previos en diente joven que requiere cierre apical

Tips de facturación para EPS

  • 1 Múltiples sesiones o una sola según técnica La técnica tradicional con hidróxido de calcio requiere múltiples sesiones durante meses; cada sesión se factura como control, no como apexificación adicional. La técnica con MTA de una sesión se factura como un solo 237201. Documentar la técnica usada en HC para sustentar el esquema de facturación.

CIE-10 relacionados

Los diagnósticos más reportados cuando se factura este CUPS.

K04.1Necrosis de la pulpa K00.6Alteraciones en la erupción dentaria S02.5Fractura de los dientes K04.5Periodontitis apical crónica K04.7Absceso periapical sin fístula
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Fuente oficial: Resolución 2706 de 2025 del Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia. Vigente desde el 1 de enero de 2026. La información clínica y los tips de facturación son orientativos — para casos específicos de auditoría o glosas, consulta la versión oficial del MinSalud y las guías internas de tu EPS. Esta página es un recurso de referencia, no un manual normativo oficial.