Rehabilitación Guía estándar
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Implante dental oseointegrado

Implantología Capítulo 23 — Procedimientos en dientes
Descripción oficial MinSalud: Implante aloplástico (oseointegración)

¿Qué incluye este procedimiento?

El implante dental oseointegrado es la colocación quirúrgica de un dispositivo de titanio o zirconio en el hueso maxilar o mandibular para reemplazar la raíz de un diente ausente. Requiere un período de oseointegración (3-6 meses) durante el cual el hueso se fusiona biológicamente con el implante, antes de la colocación de la restauración protésica (corona implantosoportada, puente o sobredentadura).

Es la técnica gold standard para reemplazo de dientes ausentes en casos con volumen óseo suficiente. Incluye planificación 3D con tomografía Cone Beam, cirugía de colocación bajo anestesia local o sedación, sutura, controles post-operatorios y seguimiento hasta integración. No incluye la restauración protésica posterior, que se factura aparte con códigos específicos.

¿Cuándo se aplica?

  • Reemplazo de diente unitario con dientes vecinos sanos (evitando tallarlos)
  • Rehabilitación de edentulismo parcial múltiple sin dientes pilares confiables
  • Soporte para sobredentadura en paciente edéntulo total
  • Rehabilitación tras trauma con pérdida dentaria única

Tips de facturación para EPS

  • 1 Cobertura POS limitada — generalmente privado La implantología NO está cubierta en POS colombiano para la mayoría de casos. Se cubren excepcionalmente: fisura labiopalatina, secuelas de cáncer oral, trauma facial mayor. Para pacientes generales, la facturación es privada o por medicina prepagada. Intentar facturar a EPS fuera de excepciones es glosa segura por no cobertura.

CIE-10 relacionados

Los diagnósticos más reportados cuando se factura este CUPS.

K08.1Pérdida de dientes debida a accidente, extracción o enfermedad periodontal K08.3Raíz dental retenida S02.5Fractura de los dientes K08.4Pérdida de dientes por caries o enfermedad periodontal sistémica Q35Fisura del paladar
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Fuente oficial: Resolución 2706 de 2025 del Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia. Vigente desde el 1 de enero de 2026. La información clínica y los tips de facturación son orientativos — para casos específicos de auditoría o glosas, consulta la versión oficial del MinSalud y las guías internas de tu EPS. Esta página es un recurso de referencia, no un manual normativo oficial.